Transmitir el Mundial sin permiso puede costar hasta 29 millones de pesos
- Redacción
- 9 jun
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Los negocios que planean transmitir los partidos de la Copa Mundial de Futbol 2026 deberán asegurarse de contar con las autorizaciones correspondientes, ya que hacerlo sin una licencia comercial podría derivar en severas sanciones económicas y administrativas.
De acuerdo con información del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), las multas por exhibir públicamente encuentros del Mundial sin autorización pueden alcanzar hasta 250 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), lo que representa aproximadamente 29.3 millones de pesos, dependiendo de la gravedad de la infracción.
La principal irregularidad ocurre cuando establecimientos comerciales utilizan servicios de televisión de paga o plataformas de streaming contratadas bajo planes de uso personal o doméstico para proyectar los partidos a clientes dentro de sus instalaciones.
Aunque no se cobre entrada ni exista un costo adicional para ver los encuentros, la legislación considera esta práctica como un uso comercial no autorizado del contenido protegido por derechos de autor.
Por ello, los establecimientos que deseen transmitir los partidos de forma legal deberán contratar una licencia comercial específica, distinta a la utilizada por consumidores particulares en sus hogares.
Las sanciones no se limitan únicamente a las multas económicas. Las autoridades también pueden aplicar otras medidas en función de la magnitud de la infracción y del beneficio obtenido por el negocio.
Entre las posibles consecuencias se encuentran:
El aseguramiento preventivo de equipos utilizados para la transmisión, como pantallas, proyectores, decodificadores y sistemas de audio.
La clausura temporal del establecimiento por un periodo de hasta 90 días.
Demandas civiles por daños y perjuicios promovidas por los titulares de los derechos de transmisión, como la FIFA o las empresas autorizadas para su difusión.
Las autoridades señalaron que estas medidas buscan combatir el uso comercial indebido de contenidos protegidos y garantizar el respeto a los derechos de propiedad intelectual relacionados con eventos de gran relevancia internacional.
¿Quién puede aplicar las sanciones?
En México, las facultades para investigar y sancionar este tipo de conductas corresponden principalmente al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) y al Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor).
Ambos organismos pueden iniciar procedimientos administrativos cuando detecten el uso no autorizado de transmisiones, así como de elementos protegidos relacionados con el torneo, incluyendo marcas, logotipos o referencias comerciales que sugieran una asociación oficial inexistente.
Además, las reformas recientes a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial contemplan sanciones para prácticas de "ambush marketing", una estrategia mediante la cual empresas o negocios intentan aprovechar la visibilidad de eventos como el Mundial sin contar con el carácter de patrocinadores oficiales.
Aunque los derechos de transmisión pertenecen a organismos internacionales como la FIFA, la aplicación de las sanciones dentro del territorio nacional corresponde a las autoridades mexicanas competentes.





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