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Suprema Corte de EE.UU. limita poder de Trump para imponer aranceles globales

  • Redacción
  • 20 feb
  • 2 min de lectura

La Corte Suprema de Estados Unidos asestó un duro revés al presidente Donald Trump al determinar que excedió su autoridad al imponer una serie de aranceles con impacto en el comercio internacional.


En una votación de 6 votos a favor y 3 en contra, el máximo tribunal resolvió que la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA) "no autoriza al presidente a imponer aranceles”. Con esta decisión, se bloquea una de las herramientas clave que el mandatario había utilizado para avanzar en su agenda económica y diplomática.


Alcances de la resolución

El fallo se refiere específicamente a los llamados aranceles recíprocos, pero no afecta los gravámenes dirigidos a sectores concretos como el automotriz, el acero o el aluminio. Tampoco impide que el presidente imponga tarifas bajo otras disposiciones legales vigentes.


Al fundamentar su decisión, la Corte explicó que "si el Congreso hubiera tenido la intención de otorgar el poder distinto y extraordinario de imponer aranceles" mediante la IEEPA, "lo habría hecho de forma expresa, como lo ha hecho de manera sistemática en otros estatutos arancelarios”.


La sentencia confirma resoluciones previas de tribunales inferiores, que ya habían considerado ilegales los aranceles aplicados por Trump con base en dicha ley de emergencia.


Los aranceles como herramienta política

Trump comenzó a utilizar los aranceles como mecanismo de presión y negociación durante su primer mandato (2017-2021). Sin embargo, tras su regreso a la Casa Blanca en enero de 2025, anunció su intención de recurrir a la IEEPA para imponer nuevos gravámenes a prácticamente todos los socios comerciales de Estados Unidos, incluido México.


Además de los aranceles con fines estrictamente comerciales, el mandatario impuso tarifas aduaneras especiales a países como México, Canadá y China, argumentando razones vinculadas al tráfico de fentanilo y a la migración.


Con esta resolución, la Corte delimita el alcance del poder presidencial en materia arancelaria y reitera que las facultades extraordinarias deben estar expresamente previstas por el Congreso.

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