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SCJN invalida requisito de 5 años de concubinato para pensión por viudez del IMSS

  • Redacción
  • 4 jun
  • 2 min de lectura

SCJN invalida requisito de cinco años de concubinato para acceder a pensión por viudez del IMSS

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que es inconstitucional exigir cinco años de convivencia en concubinato como condición para acceder a una pensión por viudez del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).


La resolución fue emitida por el Pleno de la Corte al analizar el amparo en revisión 408/2025, bajo la ponencia del ministro Arístides Guerrero García. El proyecto fue aprobado por una mayoría de siete votos contra dos.


El caso surgió a partir de la solicitud de una mujer que buscaba obtener una pensión por viudez tras el fallecimiento de su concubino. Tras analizar el asunto, las y los ministros confirmaron el amparo otorgado y declararon inconstitucional el artículo 130 de la Ley del Seguro Social.


Dicho artículo establece que la persona que vivió en concubinato con el asegurado debe demostrar haber convivido con él durante los cinco años previos a su fallecimiento o haber tenido hijos en común para acceder a la prestación.

La Corte concluyó que imponer ese requisito representa una carga adicional para quienes decidieron formar una familia fuera del matrimonio, generando un trato desigual basado en el estado civil de las personas.


De acuerdo con el máximo tribunal, esta condición vulnera derechos fundamentales como la seguridad social y el libre desarrollo de la personalidad, al establecer diferencias injustificadas entre distintos modelos de familia.


No obstante, la SCJN precisó que quienes soliciten una pensión por viudez deberán seguir acreditando la existencia del concubinato mediante pruebas que demuestren una relación afectiva, solidaria y de convivencia.


Sin embargo, destacó que las personas no pueden ser obligadas a cumplir un plazo específico y uniforme para garantizar el acceso a este derecho.


La decisión representa un precedente relevante en materia de derechos sociales y reconocimiento de diversas formas de integración familiar, al ampliar la protección para quienes viven en unión de hecho y buscan acceder a beneficios de seguridad social.

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